Navegando la Nueva Frontera: Guía Completa para Importar en Argentina (Actualización 2025)

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Introducción: El Nuevo Paisaje de las Importaciones Argentinas en 2025

El panorama del comercio exterior argentino ha experimentado una transformación paradigmática, consolidando en 2025 un nuevo modelo operativo impulsado por el marco desregulatorio del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023. Este cambio representa un giro fundamental desde un sistema históricamente administrado hacia uno enfocado en la facilitación del comercio, la previsibilidad y una mayor integración con los mercados globales. El año 2025 se define por la consolidación de esta nueva filosofía, cuyos pilares redefinen la estrategia y ejecución de toda operación de importación.

Los pilares fundamentales de este nuevo modelo son:

  • Eliminación de Controles Discrecionales: Se ha producido un desmantelamiento secuencial y definitivo de los sistemas de aprobación previa que dominaron el comercio durante décadas. La eliminación del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA), su predecesor el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI), y finalmente, la derogación del Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) a principios de 2025, marcan el fin de una era de control gubernamental anticipado.
  • Abolición de Regímenes de Licencias: La derogación de la obligatoriedad de tramitar Licencias de Importación, tanto Automáticas como No Automáticas (LNA), ha removido una de las barreras burocráticas más significativas, eliminando demoras y costos asociados que afectaban la planificación de la cadena de suministro.
  • Liberalización de Flujos Financieros: El Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha reestructurado drásticamente los plazos y condiciones para el pago de importaciones, otorgando a las empresas una flexibilidad y previsibilidad sin precedentes para la gestión de su flujo de caja y la negociación con proveedores internacionales.

El objetivo de este informe es proporcionar una guía granular, actualizada y accionable para que las empresas puedan navegar con éxito este entorno regulatorio modernizado pero aún complejo. Se estructurará el análisis desde los requisitos legales fundacionales hasta la ejecución operativa y la toma de decisiones estratégicas, ofreciendo una hoja de ruta integral para la importación en Argentina en 2025.

Sección 1: Requisitos Fundacionales: Estableciendo su «Perfil de Importador/Exportador»

La base para realizar cualquier operación de importación comercial en Argentina reside en la correcta habilitación ante la autoridad aduanera. El marco normativo de 2025 ha redefinido este proceso, simplificando el acceso pero manteniendo rigurosos controles de cumplimiento.

De «Registro» a «Perfil»: Un Cambio Conceptual

La Resolución General (RG) 5472/2023 de la ex AFIP, alineada con el DNU 70/2023, marcó un punto de inflexión al eliminar el formal y burocrático «Registro de Importadores y Exportadores» y reemplazarlo por un sistema más ágil denominado «Perfil de Importador/Exportador».Este cambio no es meramente semántico; representa una transición fundamental desde un modelo de permiso previo a uno de perfilamiento y monitoreo continuo.

El sistema anterior funcionaba como una barrera de entrada que requería una habilitación explícita. El nuevo sistema, en cambio, se centra en la creación de un perfil dinámico del operador, donde su comportamiento fiscal y aduanero es constantemente evaluado. Para los operadores que ya se encontraban inscriptos en el registro anterior, la asignación del nuevo perfil fue automática, garantizando la continuidad operativa. El resultado es que, si bien el obstáculo inicial para comenzar a importar se ha reducido, el sistema ahora depende de una evaluación continua del perfil de riesgo del operador para determinar el nivel de escrutinio que recibirán sus operaciones.

Checklist de Prerrequisitos: Requisitos No Negociables

Para obtener y mantener activo el «Perfil de Importador/Exportador», es mandatorio cumplir con una serie de requisitos fundamentales:

  • CUIT y Condición Fiscal: El solicitante debe poseer una Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) activa y estar inscripto en el régimen general como «Responsable Inscripto» en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y en el Impuesto a las Ganancias. Es crucial destacar que los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) continúan explícitamente excluidos de la posibilidad de importar.
  • Clave Fiscal: Se requiere una Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 o superior, indispensable para realizar todos los trámites a través de los servicios web de la ARCA.
  • Domicilio Fiscal Electrónico (DFE): Es obligatorio tener constituido y actualizado un Domicilio Fiscal Electrónico, que funciona como el canal oficial para todas las comunicaciones y notificaciones de ARCA.
  • Certificado de Antecedentes Penales: Se debe presentar un certificado vigente emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. Este requisito aplica tanto para personas humanas como para los directores, administradores o socios ilimitadamente responsables en el caso de personas jurídicas. Es un detalle operativo crítico que este certificado posee una validez muy limitada, de apenas cinco días en algunos casos, por lo que su tramitación debe coordinarse con la presentación final.
  • Datos Biométricos: El titular o representante legal debe tener registrados digitalmente su firma, fotografía y huella dactilar en el «Sistema Registral» de ARCA.

El Proceso de Inscripción Online: Un Recorrido Paso a Paso

El alta del perfil se gestiona íntegramente de forma online a través del portal de ARCA, utilizando el servicio «Sistema Registral» y completando el Formulario 420/R. El proceso incluye:

  1. Adhesión a Sistemas Clave: Es mandatorio adherirse a dos sistemas complementarios: el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA), para recibir notificaciones oficiales de la Aduana, y el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA), que se utiliza, entre otras cosas, para la presentación digital del certificado de antecedentes penales.
  2. Presentación y Seguimiento: Una vez iniciado el trámite, ARCA realiza una serie de validaciones sistémicas. El solicitante puede monitorear el estado de su solicitud a través del mismo «Sistema Registral». El proceso suele demorar entre una y dos semanas hasta que el estado cambia a «Habilitado».

El Requisito de Solvencia Desmitificado

A pesar de la simplificación general, el requisito de solvencia económica se mantiene como un pilar del sistema, diseñado para asegurar la seriedad y capacidad financiera de los operadores. La normativa establece dos vías para su cumplimiento:

  • Acreditación Directa: El operador debe demostrar, mediante sus declaraciones juradas, una de las siguientes condiciones referidas al año calendario inmediato anterior:
  1. Ventas brutas por un importe igual o superior a ARS 300.000, o
  2. Un patrimonio neto igual o superior a ARS 300.000.
  • Constitución de Garantía: En caso de no poder acreditar la solvencia por las vías anteriores, el operador tiene la alternativa de constituir una garantía a favor de la ARCA por un valor de ARS 30.000.

Este requisito tiene su base en el Decreto 1001/82 y es instrumentado a través de las Resoluciones Generales 2570/09 y 3885/16. Actualizaciones normativas más recientes, como la RG 5722/2025, han modificado los montos para otros operadores aduaneros (ej. depósitos fiscales) pero han reafirmado la vigencia del marco general de la RG 3885 para los importadores.

La transición del «Registro» al «Perfil» refleja un cambio estratégico del gobierno argentino. El objetivo del DNU 70/2023 era eliminar «barreras y restricciones estatales» que impedían el normal desarrollo económico. Un proceso de registro formal y engorroso constituía una de esas barreras. Al reemplazarlo con un sistema de «Perfil», donde se agregan datos de cumplimiento, el enfoque se desplaza de la autorización previa al monitoreo. Aunque se ha facilitado el inicio de la actividad importadora, los requisitos de fondo (solvencia, estatus fiscal, antecedentes) se mantienen firmes. Por lo tanto, la estrategia no es eliminar los controles, sino reenfocarlos. En lugar de un difícil proceso de entrada, el énfasis se pone en el monitoreo continuo del «perfil de riesgo» del operador, un concepto mencionado explícitamente en la normativa. Esto implica que la responsabilidad fiscal continua del importador adquiere una importancia mayor. Un historial fiscal y aduanero impecable se convierte en una ventaja estratégica, ya que el perfil de riesgo de un operador influirá directamente en el nivel de escrutinio que sus operaciones recibirán en la aduana.

Sección 2: Viabilidad del Producto y Cumplimiento Previo al Embarque

Una vez establecido el perfil de importador, el siguiente paso crucial es analizar la viabilidad regulatoria de los productos a importar. La correcta clasificación y el cumplimiento de las normativas específicas son determinantes para una operación exitosa en el nuevo marco desregulado.

El Rol Crítico de la Clasificación NCM

El pilar de todo el tratamiento aduanero es la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), un código numérico de 8 dígitos basado en el Sistema Armonizado (SA) internacional. La correcta asignación de este código a una mercadería no es un mero formalismo; es el factor que define de manera unívoca:

  • Los Derechos de Importación aplicables.
  • La alícuota de la Tasa de Estadística.
  • Los impuestos internos y percepciones que correspondan.
  • La exigencia de intervenciones de terceros organismos (ANMAT, SENASA, etc.).

Una clasificación incorrecta puede derivar en multas significativas y demoras en el despacho. Para determinar la posición arancelaria, los importadores pueden utilizar herramientas de consulta en los portales oficiales del Mercosur y de ARCA, que publican resoluciones con criterios de clasificación para productos específicos. No obstante, dada la complejidad del sistema, la consulta con un Despachante de Aduana es fundamental para garantizar la precisión.

Navegando las Intervenciones de Terceros Organismos en un Entorno Desregulado

El nuevo enfoque de facilitación del comercio ha impulsado a los organismos de control a modernizar sus procedimientos, pasando de la intervención previa obligatoria a modelos más ágiles basados en el riesgo.

  • ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica):
  • Simplificación 2025: La Disposición 4033/2025 representa un cambio significativo, eliminando la necesidad de una autorización de importación previa para una lista específica de productos considerados de bajo riesgo, que incluye cosméticos, productos domisanitarios (limpieza) y diversos artículos de higiene personal.
  • Nuevo Procedimiento – «Aviso de Importación»: Para estos productos, la intervención previa ha sido reemplazada por una obligación posterior. El importador debe presentar, dentro de las 48 horas posteriores a la nacionalización de la mercadería, un «Aviso de Importación» con carácter de declaración jurada a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Este cambio traslada el control desde la etapa de pre-aprobación a una de vigilancia de mercado y fiscalización post-ingreso.
  • Supervisión Continua: Es crucial entender que esta simplificación no aplica a productos de alto riesgo. Medicamentos, la mayoría de los productos médicos y alimentos específicos siguen requiriendo el registro completo del producto (RNPA) y del establecimiento (RNE), así como la intervención previa de ANMAT para su importación.
  • SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria):
  • Intervención Mandatoria: A diferencia de la flexibilización en otras áreas, los productos de origen animal, vegetal y muchos alimentos procesados continúan bajo la estricta supervisión del SENASA, cuya intervención previa sigue siendo un requisito ineludible para garantizar la sanidad y calidad agroalimentaria.
  • Procedimiento Digital: El trámite de autorización se gestiona a través de la plataforma TAD, donde el importador debe presentar la solicitud de importación junto con documentación técnica como la monografía del producto y los proyectos de rótulos.
  • IRAM y Seguridad de Productos (Juguetes, Electrónica, etc.):
  • Armonización con Estándares Globales: Una de las reformas más importantes de 2025, materializada en la Resolución 313/25 de la Secretaría de Comercio, es la aceptación de certificaciones de seguridad emitidas por organismos de reconocimiento internacional bajo normas como ISO, ASTM (estadounidense) y EN (europea).
  • Impacto en la Competitividad: Esta medida afecta a productos como juguetes, bicicletas infantiles y anteojos de sol. Elimina la necesidad de realizar ensayos y certificaciones locales duplicadas, un proceso costoso y lento que funcionaba como una barrera no arancelaria. Si bien la certificación del Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) sigue siendo una opción válida, ya no es la única vía obligatoria para muchos bienes, lo que reduce costos y agiliza el acceso al mercado.

La Era Post-SEDI: De la Pre-Aprobación al Control a Posteriori

La eliminación de los sistemas SIRA y SEDI ha redefinido el flujo de las importaciones. El cambio más profundo es la erradicación de la necesidad de solicitar y esperar una aprobación gubernamental antes de que la mercadería sea embarcada. Esto otorga a los importadores una previsibilidad y agilidad sin precedentes.

Consecuentemente, el foco del control aduanero se ha desplazado. Ya no existe una revisión electrónica previa al embarque; ahora, el escrutinio se concentra en el momento del arribo de la mercadería al país. La declaración aduanera (Destinación de Importación) y la posterior asignación de canal de selectividad se han convertido en los mecanismos de control primarios y más críticos del proceso.

Este nuevo marco representa un cambio de un modelo de «control preventivo» a uno de «fiscalización basada en riesgo» y armonización con estándares internacionales. El gobierno ha manifestado su objetivo de simplificar procesos y reducir costos. La eliminación de las aprobaciones previas (SIRA/SEDI) y las certificaciones locales duplicadas (como en el caso de los juguetes) son acciones directas para remover barreras. Al mismo tiempo, organismos como ANMAT implementan sistemas de declaración post-despacho, lo que no implica una eliminación del control, sino un cambio en su momento y naturaleza. La aceptación de normas internacionales como ISO y ASTM demuestra un alejamiento de barreras no arancelarias proteccionistas hacia una confianza en las mejores prácticas globales. Este reajuste estratégico libera recursos del control previo para fortalecer la fiscalización en la frontera y la vigilancia del mercado. Sin embargo, esta libertad transfiere una mayor responsabilidad y riesgo al importador. Mientras que antes una SIRA aprobada ofrecía cierta seguridad, ahora la mercadería puede ser embarcada libremente, pero si al llegar se detecta un incumplimiento (ej. etiquetado incorrecto, falta de certificados), el importador se enfrenta al riesgo de multas, decomiso o la necesidad de reexportar la carga a su propio costo. Esto eleva la debida diligencia previa con el proveedor a una necesidad estratégica fundamental.

Sección 3: El Plan Financiero: Un Desglose Granular de los Costos de Importación

Comprender la estructura de costos completa es esencial para determinar la viabilidad de una importación. La suma de aranceles, tasas e impuestos puede incrementar significativamente el costo original de la mercadería.

Calculando el Valor Base: La Centralidad del CIF

La base imponible para la mayoría de los tributos de importación es el valor CIF (Costo, Seguro y Flete). Este valor se compone de la suma de tres elementos: el costo de la mercadería en el país de origen (valor FOB), el costo del seguro internacional y el costo del flete internacional. Es imperativo declarar correctamente los tres componentes, ya que la Aduana utiliza valores de referencia y puede ajustar la base imponible si considera que hay subfacturación, lo que resultaría en penalidades.

Tributos Aduaneros Centrales

  • Derechos de Importación:
  • Estos son aranceles ad valorem establecidos en el Arancel Externo Común (AEC) del Mercosur.
  • Las alícuotas varían según la posición arancelaria (NCM) del producto, generalmente oscilando entre 0% y 35%.
  • Existen importantes exenciones, como el arancel del 0% para productos originarios de países miembros del Mercosur (Brasil, Paraguay, Uruguay) y regímenes especiales que benefician, por ejemplo, la importación de bienes de capital.
  • Tasa de Estadística:
  • Alícuota y Vigencia: Se aplica una tasa del 3% sobre el valor CIF. El Decreto 1.140/2024 prorrogó su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027.
  • Topes Monetarios por Valor: Un aspecto crucial de esta tasa son los topes máximos que se aplican según el valor de la importación, lo que reduce significativamente su impacto en operaciones de mayor envergadura:
  • Para importaciones de hasta USD 10.000, el monto máximo de la tasa es de USD 180.
  • Para importaciones superiores a USD 10.000 y hasta USD 100.000, el tope es de USD 3.000.
  • Para importaciones superiores a USD 100.000 y hasta USD 1.000.000, el tope es de USD 30.000.
  • Para importaciones superiores a USD 1.000.000, el tope máximo es de USD 150.000.

Impuestos de Nacionalización y Percepciones

Una vez calculados los tributos aduaneros, se aplican una serie de impuestos nacionales y percepciones para que la mercadería pueda ser liberada al mercado interno.

  • Impuesto al Valor Agregado (IVA):
  • Base de Cálculo: Se calcula sobre la suma del (Valor CIF + Derechos de Importación + Tasa de Estadística).
  • Alícuotas: La tasa general es del 21%. Existen alícuotas reducidas del 10.5% (aplicable a ciertos bienes de capital y productos) y una incrementada del 27% (para servicios como telecomunicaciones y energía).
  • Percepción de Impuesto a las Ganancias:
  • Regulada por la RG 2281, esta percepción actúa como un pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias anual del importador. La alícuota general para mercaderías destinadas a la reventa es del 6%.
  • Aunque el régimen ha tenido suspensiones temporales en el pasado, se encuentra plenamente vigente en 2025.
  • Percepción de Ingresos Brutos:
  • Este es un impuesto provincial que se percibe en la aduana. La alícuota depende de la jurisdicción de destino de la mercadería y del perfil fiscal del contribuyente ante el fisco provincial.
  • Tomando como ejemplo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), la alícuota de percepción estándar es del 3%. Las autoridades fiscales provinciales utilizan sistemas como el SIRCREB para determinar la alícuota aplicable a cada CUIT, que puede ser mayor o menor que la estándar en función de su riesgo fiscal.
  • Impuestos Internos:
  • Este gravamen se aplica únicamente a un listado específico de productos, como bebidas alcohólicas, tabaco, vehículos de alta gama y ciertos productos electrónicos.
  • El Decreto 333/2025 introdujo importantes reducciones. Por ejemplo, para productos electrónicos como celulares, televisores y aires acondicionados, la alícuota se redujo del 19% al 9.5%. Para los mismos productos fabricados bajo el régimen especial de Tierra del Fuego, la tasa se redujo al 0%.81

El Fin de una Era: Eliminación del Impuesto PAIS

Una de las modificaciones más relevantes para la estructura de costos de 2025 es la eliminación del «Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria» (PAIS) sobre la compra de divisas para el pago de importaciones. Conforme a las proyecciones del Presupuesto 2025, este impuesto dejó de tener vigencia a finales de 2024, lo que representa una reducción de costos directa y sustancial para todos los importadores.

Tabla 3.1: Cálculo de Costo de Nacionalización (Ejemplo)

Para ilustrar la aplicación de estos gravámenes, se presenta un cálculo de ejemplo para un producto genérico con un Derecho de Importación del 15%.

ConceptoBase de CálculoAlícuota (%)Monto (USD)
Valor FOB de la Mercadería10.000,00
Flete Internacional1.200,00
Seguro Internacional100,00
Valor CIF (Base Aduanera)FOB + Flete + Seguro11.300,00
Derechos de ImportaciónValor CIF15%1.695,00
Tasa de EstadísticaValor CIF3% (Tope USD 3.000)339,00
Base para Imp. NacionalesCIF + Derechos + Tasa13.334,00
IVABase Imp. Nacionales21%2.800,14
Percepción de GananciasBase Imp. Nacionales6%800,04
Percepción de Ingresos Brutos (CABA)Base Imp. Nacionales3%400,02
Total de Impuestos y DerechosSuma de tributos5.034,20
Costo Final de NacionalizaciónValor FOB + Impuestos16.034,20

Nota: Este cálculo es un ejemplo y no incluye honorarios del despachante, gastos de terminal portuaria/aeroportuaria ni flete local.

Este tipo de cálculo escalonado, donde la base para un impuesto incluye el monto de los tributos anteriores, es un aspecto fundamental que los importadores deben dominar. La tabla anterior sirve como una plantilla reutilizable que transforma la información tributaria abstracta en una herramienta concreta de planificación financiera, permitiendo a un importador proyectar su costo final con un alto grado de precisión.

Sección 4: Logística y Despacho Aduanero

La fase logística y de despacho es donde el plan de importación se materializa. La eficiencia en esta etapa depende de una correcta selección de proveedores de servicios y una preparación documental impecable.

Contratación de Flete y Seguro Internacional

  • Selección del Modo de Transporte: La elección entre transporte marítimo y aéreo es una decisión estratégica basada en el costo, el tiempo y la naturaleza de la mercadería.
  • Transporte Marítimo: Es la opción más económica para cargas voluminosas o pesadas. Los tiempos de tránsito son más largos, típicamente entre 30 y 40 días desde los principales puertos de Asia. Las estimaciones de costos para 2025 sitúan el flete de un contenedor de 40 pies desde China a Argentina en un rango de USD 3.050 a USD 5.550.
  • Transporte Aéreo: Es considerablemente más rápido, ideal para envíos urgentes, de alto valor o perecederos. El costo es significativamente mayor y se calcula por kilogramo. Las tarifas estimadas desde China a Argentina para 2025 oscilan entre USD 5.5 y USD 13.0 por kg.
  • Seguro de Carga: Aunque no siempre es obligatorio, la contratación de un seguro internacional es una práctica altamente recomendable para cubrir los riesgos de pérdida, robo o daño de la mercadería durante el tránsito. El costo de la póliza suele ser un pequeño porcentaje del valor de la carga, comúnmente entre 0.5% y 1%.
  • Incoterms: La elección del Incoterm (Términos de Comercio Internacional) en el contrato de compraventa es crucial, ya que define claramente en qué punto se transfieren los costos y los riesgos del vendedor al comprador. Términos comunes como FOB (Free On Board), CIF (Cost, Insurance and Freight) y EXW (Ex Works) tienen implicaciones directas en quién es responsable de contratar y pagar el flete y el seguro.

El Proceso de Despacho Aduanero

Este es el conjunto de formalidades necesarias para nacionalizar la mercadería.

  • El Rol del Despachante de Aduana:
  • Para las importaciones bajo el Régimen General, la intervención de un Despachante de Aduana es obligatoria. Este profesional matriculado actúa como el representante legal del importador ante la Dirección General de Aduanas (DGA).
  • Estructura de Honorarios: No existe una tabla oficial de honorarios. Generalmente, sus servicios se facturan como un porcentaje del valor CIF de la operación (típicamente entre 1% y 2%), con un monto mínimo por despacho. A esto se suman los «gastos», que cubren costos operativos y de gestión. El Centro Despachantes de Aduana (CDA) es el principal organismo profesional, pero no publica aranceles vinculantes.
  • Checklist de Documentación Definitiva: Para que el despachante pueda oficializar la Destinación de Importación en el Sistema Informático Malvina (SIM), debe contar con la siguiente documentación de base:
  1. Factura Comercial definitiva.
  2. Lista de Empaque (Packing List) detallada.
  3. Documento de Transporte: Conocimiento de Embarque (Bill of Lading) para vía marítima o Guía Aérea (Airway Bill) para vía aérea.
  4. Certificado de Origen, si la mercadería califica para un tratamiento arancelario preferencial.
  5. Póliza o Certificado de Seguro.
  6. Cualquier permiso o autorización de terceros organismos que sea requerido por la NCM del producto (ej. ANMAT, SENASA).
  • Desmitificando los «Canales de Selectividad»:
  • Una vez oficializada la declaración de importación, el sistema SIM asigna de forma automática un «canal de selectividad» basado en un complejo análisis de riesgo. Este canal determina el nivel de control que la aduana ejercerá sobre la operación.
  • Canal Verde: Liberación automática. La mercadería no requiere revisión documental ni inspección física. Es el circuito más rápido, permitiendo el retiro de la carga en cuestión de horas tras el pago de los tributos.
  • Canal Naranja: Control documental. Un verificador de aduana coteja la declaración jurada con la documentación de respaldo presentada. No se realiza inspección física de la carga. Si la documentación es correcta, el proceso puede demorar entre 24 y 48 horas adicionales.
  • Canal Rojo: Control documental e inspección física. Es el nivel de control más exhaustivo. Además de la revisión de los documentos, se realiza una verificación física de la mercadería para constatar que coincida con lo declarado. Este canal es el que genera mayores demoras (de 2 a 5 días hábiles o más) y costos adicionales por movimiento de contenedores, almacenaje y servicios de la terminal.

En el entorno post-SEDI, el sistema de canales de selectividad se ha consolidado como el punto de intervención aduanera más crítico. Anteriormente, la aprobación de una SIRA funcionaba como un filtro previo que otorgaba un alto grado de certeza. Con la eliminación de ese filtro, todo el peso del control recae en el momento de la declaración de arribo. El algoritmo de riesgo del SIM, que asigna el canal, evalúa múltiples variables: el historial del importador, el tipo de producto, el país de origen y el valor declarado. Un error en la declaración, una discrepancia con la factura o una alerta sobre el perfil del importador pueden activar inmediatamente un canal naranja o rojo. Por lo tanto, la eficiencia operativa ya no se logra obteniendo una pre-aprobación, sino preparando una declaración aduanera impecable que maximice las probabilidades de obtener un canal verde. Esto transforma el rol del Despachante de Aduana de un mero gestor transaccional a un administrador de riesgo estratégico. La capacidad de un despachante experimentado para asegurar la integridad de los datos, clasificar correctamente la mercadería y gestionar proactivamente el perfil de cumplimiento de su cliente se convierte en una ventaja competitiva tangible, minimizando demoras y costos imprevistos.

Sección 5: Finalización de la Operación: Pago y Post-Despacho

La última etapa del proceso de importación abarca la liquidación financiera con el proveedor del exterior y el cumplimiento de las obligaciones posteriores a la nacionalización de la mercadería.

Un Nuevo Paradigma en los Plazos de Pago: El Impacto de la Comunicación A 8226 del BCRA

El año 2025 está marcado por una de las liberalizaciones financieras más significativas para los importadores en la historia reciente, gracias a la normativa del Banco Central.

  • El Antiguo Régimen (para contexto): Hasta principios de 2025, el acceso al mercado de cambios para pagar importaciones estaba severamente restringido por la Comunicación «A» 7917. Esta normativa imponía un esquema de pago obligatorio en cuatro cuotas iguales y diferidas: el 25% del valor se podía pagar a los 30, 60, 90 y 120 días corridos desde la fecha de nacionalización de la mercadería. Este sistema generaba una enorme fricción financiera y comercial.
  • El Nuevo Régimen (desde el 14 de abril de 2025): La Comunicación «A» 8226 desmanteló por completo el esquema anterior para las nuevas operaciones, estableciendo un marco de mayor libertad y alineado con las prácticas internacionales.
  • Regla General: Para todas las importaciones de bienes cuyo despacho a plaza se registre a partir del 14 de abril de 2025, el acceso al mercado de cambios para realizar el pago al proveedor se habilita a los 0 días corridos desde dicha fecha. Esto elimina el esquema de cuotas obligatorio.
  • Flexibilidad Financiera: Esta medida permite a los importadores cancelar sus obligaciones de forma inmediata tras la nacionalización, dándoles la capacidad de negociar plazos de pago directamente con sus proveedores según sus propias necesidades de flujo de caja y las condiciones del mercado.
  • Bienes de Capital: La nueva normativa también contempla flexibilidades específicas para la importación de bienes de capital, permitiendo realizar pagos anticipados bajo ciertas condiciones para facilitar la adquisición de maquinaria y tecnología.

El paso de un esquema de pago forzosamente diferido en cuatro cuotas a una opción de pago inmediato a los 0 días representa una re-potenciación fundamental del importador argentino. El sistema anterior obligaba a los proveedores extranjeros a otorgar un crédito de hasta 120 días, un riesgo que a menudo se traducía en precios más altos o en la negativa a vender al mercado argentino. La Comunicación A 8226, al desmantelar esta estructura, permite a los importadores operar en condiciones de pago comparables a las de compradores de cualquier otra parte del mundo. Esta nueva capacidad de pagar de manera rápida y fiable los convierte en clientes más atractivos, dándoles una herramienta poderosa para negociar mejores precios, acceder a una gama más amplia de proveedores y reducir sus propios costos de financiamiento. En última instancia, esta medida mejora la competitividad de las empresas argentinas que dependen de insumos importados.

Obligaciones Post-Despacho

Una vez que la mercadería es liberada por la aduana, el proceso de importación no ha concluido por completo.

  • Logística Local: El importador debe coordinar el transporte terrestre desde la terminal portuaria, aeroportuaria o el depósito fiscal hasta sus propias instalaciones o el destino final de la carga.
  • Archivo de Documentación: La legislación argentina exige que toda la documentación relacionada con una operación de importación (facturas comerciales, documentos de transporte, declaraciones aduaneras, comprobantes de pago de impuestos y transferencias bancarias) sea conservada en archivo por un período mínimo de 5 años. Estos registros deben estar a disposición para eventuales inspecciones o auditorías por parte de ARCA.

Sección 6: Regímenes Alternativos para Operaciones de Menor Escala

Además del Régimen General, existen dos sistemas simplificados diseñados para importaciones de menor valor y cantidad, cada uno con sus propias reglas y ventajas.

Régimen Courier (Servicios de Mensajería Privada)

Este régimen, operado por empresas de transporte expreso internacionales (ej. DHL, FedEx, UPS), está diseñado para envíos rápidos y de valor moderado.

  • Normativa Aplicable: Se rige por la RG 4450/19 y sus actualizaciones, principalmente la RG 5608/24 y la RG 5631/25.
  • Límites Clave:
  • Valor: El valor FOB de la mercadería no puede superar los USD 3.000 por envío.
  • Peso: El peso máximo por paquete individual es de 50 kg.
  • Cantidad: Se permite un máximo de 3 unidades de la misma especie por envío, para mantener la presunción de uso no comercial.
  • Frecuencia: Está limitado a 5 envíos por año calendario por persona (identificada por su CUIT/CUIL).
  • Tratamiento Tributario: Los envíos bajo este régimen pagan la totalidad de los derechos y tasas que correspondan según la posición arancelaria (NCM) de la mercadería, de la misma forma que en el Régimen General. No goza de ninguna franquicia impositiva.

Régimen Puerta a Puerta (Correo Oficial)

Este sistema es operado exclusivamente por el Correo Argentino y está orientado a compras personales de muy bajo valor.

  • Normativa Aplicable: Regulado por la RG 4447/19.
  • Límites Clave:
  • Valor: El valor CIF (costo + seguro + flete) del envío no puede exceder los USD 3.000.
  • Peso: El peso máximo del paquete es de 20 kg.
  • Uso: Destinado estrictamente para uso personal y no comercial.
  • Tratamiento Tributario (Característica Única):
  • Franquicia Anual: Cada persona tiene derecho a 12 envíos libres de impuestos por año calendario, siempre que el valor de cada uno de ellos no supere los USD 50.
  • Impuesto sobre el Excedente: Si el valor de un envío supera los USD 50 (pero se encuentra dentro de las 12 franquicias anuales), se paga un tributo único del 50% calculado únicamente sobre el monto que excede los USD 50. Por ejemplo, un envío de USD 80 pagará el 50% de USD 30, es decir, USD 15 de impuesto.
  • Agotada la Franquicia: A partir del envío número 13 en el año, se paga el tributo del 50% sobre el valor total de la compra.
  • Procedimiento: Requiere que el destinatario, una vez que el paquete llega al país, ingrese al portal web del Correo Argentino para realizar una «Declaración Simplificada de Envíos Postales Internacionales» y abonar la tasa de gestión y los impuestos que correspondan.

Tabla 6.1: Análisis Comparativo de Regímenes de Importación

La siguiente tabla resume las características clave de cada régimen para facilitar la toma de decisiones.

CaracterísticaRégimen GeneralRégimen CourierRégimen Puerta a Puerta (Correo Oficial)
Uso IdealOperaciones comerciales de cualquier tamañoCompras comerciales o personales de valor y peso moderado, urgentesCompras personales de bajo valor
Límite de ValorSin límiteUSD 3.000 FOB por envíoUSD 3.000 CIF por envío
Límite de PesoSin límite50 kg por paquete20 kg por paquete
Límite de FrecuenciaSin límite5 envíos por año/personaSin límite (pero la franquicia es de 12)
Requiere DespachanteNo (lo provee el Courier)No
Franquicia ImpositivaNoNoSí, 12 envíos de hasta USD 50 por año
Cálculo de ImpuestosDerechos, tasas e impuestos completos según NCMDerechos, tasas e impuestos completos según NCM50% sobre el excedente de la franquicia
Complejidad ProcesalAlta (requiere perfil de importador, broker, etc.)Baja (gestión simplificada por el Courier)Media (requiere declaración online del destinatario)

Esta matriz comparativa funciona como una herramienta de decisión estratégica. Permite a un usuario identificar rápidamente el canal óptimo para su necesidad específica, ahorrando tiempo y evitando costos innecesarios. Por ejemplo, para una empresa que necesita recibir 5 unidades de muestra con un valor total de USD 800, el régimen Courier es la única opción simplificada viable. En cambio, para un particular que compra un libro de USD 40, el sistema Puerta a Puerta es el más ventajoso debido a su franquicia impositiva.

Conclusión y Recomendaciones Estratégicas

El escenario de las importaciones en Argentina para 2025 es radicalmente diferente al de años anteriores. La transición hacia un modelo de mayor agilidad, menor burocracia y previsibilidad financiera ha abierto nuevas oportunidades. Sin embargo, esta nueva libertad viene acompañada de una mayor responsabilidad para el importador, ya que el foco del control estatal se ha desplazado de la autorización previa a la fiscalización y el cumplimiento normativo.

Para navegar con éxito este nuevo paradigma, se formulan las siguientes recomendaciones estratégicas:

  1. Adoptar el Cumplimiento Proactivo como Activo Estratégico: En un sistema basado en perfiles de riesgo, mantener un historial fiscal y aduanero impecable no es solo una obligación, sino una ventaja competitiva. Un buen perfil de cumplimiento aumenta la probabilidad de obtener canales verdes, lo que se traduce directamente en menores costos y tiempos de despacho.
  2. Invertir en Asesoramiento Experto: La simplificación de ciertos trámites ha elevado la importancia crítica de otros. La correcta clasificación arancelaria (NCM) y la preparación de una declaración de importación sin errores son ahora más cruciales que nunca. La selección de un Despachante de Aduana experimentado y de alta calidad debe ser considerada una inversión fundamental en la mitigación de riesgos operativos.
  3. Aprovechar la Nueva Libertad Financiera: La capacidad de pagar las importaciones de forma inmediata (0 días post-nacionalización) es una poderosa herramienta de negociación. Los importadores deben utilizar activamente esta flexibilidad para negociar mejores precios, condiciones preferenciales y acceder a un universo más amplio de proveedores globales que antes eran reacios a operar con los restrictivos plazos de pago argentinos.
  4. Realizar una Debida Diligencia Rigurosa: La responsabilidad de asegurar que un producto cumple con todas las normativas argentinas (sanitarias, de seguridad, de etiquetado) recae ahora íntegramente en el importador antes del embarque. Es vital verificar exhaustivamente a los proveedores y obtener toda la certificación necesaria por adelantado para evitar costosas demoras, multas o el rechazo de la mercadería en la frontera.
  5. Mantenerse Informado y Adaptable: El entorno regulatorio en Argentina, aunque más estable, sigue siendo dinámico. Es esencial monitorear continuamente las comunicaciones de organismos oficiales como ARCA, el BCRA y los ministerios pertinentes para anticipar y adaptarse a cualquier ajuste o nueva normativa dentro de este nuevo marco de comercio exterior.

Infografía y Calculadora de Costos

La Nueva Frontera de la Importación

El 2025 consolida un cambio de paradigma: se eliminan las aprobaciones previas y se agilizan los pagos, transfiriendo mayor libertad y responsabilidad al importador. Explore las claves del nuevo sistema.

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Sistemas SIRA y SEDI

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Licencias de Importación

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Días para Pagar Importaciones

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Impuesto PAIS

El Nuevo Flujo de Importación

El proceso se ha simplificado, eliminando la necesidad de aprobaciones gubernamentales antes del embarque. El control se concentra ahora en el arribo de la mercadería, haciendo crucial la preparación y el cumplimiento.

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1. Perfil de Importador

Habilitación online ante AFIP cumpliendo requisitos fiscales y de solvencia.

📦

2. Viabilidad del Producto

Clasificación NCM y obtención de permisos de ANMAT, SENASA, etc.

🚢

3. Logística y Documentos

Contratación de flete, seguro y preparación de factura, packing list y B/L.

4. Despacho y Liberación

Pago de tributos, intervención del despachante y liberación según canal.

Aplicación creada a partir de la "Guía Completa para Importar en Argentina 2025".

Esta herramienta es una guía y no reemplaza el asesoramiento profesional de un Despachante de Aduana.

Calculadora de Costos de Nacionalización

Ingrese el valor FOB de su mercadería y los costos de logística para ver un desglose detallado de los impuestos y el costo final.

Resumen de Costos

Si te interesa puedes descargar el documento aquí.